miércoles, 28 de junio de 2017

INFORMACIÓN BECAS DE LIBROS PARA EL PRÓXIMO CURSO.


Con fecha 23 de junio se ha publicado la Propuesta Resolución Provisional que contiene la relación de solicitudes concedidas y denegadas en virtud del Decreto 30/2017 de 11 de abril, que regula la concesión directa de subvenciones consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria matriculado en centros públicos y privados concertados de Castilla-La Mancha correspondiente al curso 2017/18.

La publicación de la resolución la pueden consultar en el Portal de Educación > Alumnado y Familia > Materiales Curriculares > Materiales Curriculares.Curso 2017/2018 > Uso de libros de Texto. Régimen de préstamo gratuito > PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE SOLICITUDES CONCEDIDAS Y DENEGADAS

En el enlace:
http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/materiales-curriculares/materiales-curriculares-curso-2017-2018/uso-libros-texto-regimen-prestamo-gratuito-centros-publicos

Se aconseja a las familias que realicen el seguimiento del estado de la solicitud en la plataforma PAPÁS (https://papas.educa.jccm.es/papas/), con la clave que utilizaron para presentar la solicitud, en: Mis trámites > Mis Solicitudes > pinchar en el alumno/a y seleccionar “datos de la solicitud”.

El resultado puede ser: Concedida Tramo I o Concedida Tramo II o Denegada.

Los solicitantes que resulten con solicitud CONCEDIDA tendrán los libros de texto que forman el “Lote de ayuda” establecido por el centro para cada tramo de ayuda y nivel educativo en función de las cuantías máximas recogidas en el artículo 27 del Decreto 30/2017, serán entregados por el colegio al comienzo del curso 2017/18.

En el caso de que el solicitante realice escrito de alegaciones, este podrá ser presentado desde el 26 de junio al 07 de julio de 2017, ambos incluidos, utilizando el documento adjuntado “ESCRITO DE ALEGACIONES….”, dirigidas a las respectivas Direcciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Deben marcar el tipo de alegación que presentan, si es por “Denegación” o por “Sobrevenida”.

Las denegaciones por falta de acreditación de la renta 2015 de al menos un tutor deben ser subsanadas mediante la aportación de la documentación que justifique el cumplimiento de TODAS las causas de denegación comunicadas para la solicitud. La documentación acreditativa se encuentra descrita en el apartado b), del artículo 8 del Decreto 30/2017 que regula la convocatoria.

En esta convocatoria, los interesados pueden presentar Alegaciones por “Situaciones Sobrevenidas” de acuerdo al punto 3 de la Disposición adicional única del Decreto 30/2017. En este tipo de alegaciones se debe adjuntar la documentación descrita para cada caso contemplado en el propio documento de alegaciones adjuntado.
http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/materiales-curriculares/materiales-curriculares-curso-2017-2018/uso-libros-texto-regimen-prestamo-gratuito-centros-publicos/propuesta-resolucion-provisional-solicitudes-concedidas-den

No hay comentarios:

Publicar un comentario